PROCLAMACIÓN DE SOBERANÍA DE ORIGEN Y DECLARACIÓN DE DERECHOS ABSOLUTOS DEL INDIVIDUO ORIGINARIO SOBERANO, PRE-JURÍDICO, PRE-LEGAL Y PRE-ESTATAL.
🛡️ Instrumento de Activación Soberana Primigenia
Naturaleza: Autodeterminación Legal • Aplicación jurídica funcional con carácter fundacional
Fecha de preparación y emisión: 29 de enero de 2022
Fecha de activación y publicación: 01 de febrero de 2022
✴️ Emitido por Mauro Rojas. {alertSuccess}
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La voluntad antecede al lenguaje del derecho,
El Ser lo funda;
Antes de todo acuerdo, existe la afirmación del
Ser como orden;
Desde la eternidad del Ser y la voluntad que
antecede a todo pacto, declaro mi jurisdicción
como reflejo activo de soberanía supraconsciente.
☉
I. PREÁMBULO
Yo, Mauro Rojas, hombre vivo pre-jurídico, pre-legal y pre-estatal, en pleno uso de mi discernimiento activo, voluntad ilimitada, consciencia soberana y claridad de intención, declaro plena activación de mis Derechos Absolutos como campo fértil de autodeterminación operativa, ontológica, legal y jurídica.
Esta acción se sitúa en sincronía con los ciclos naturales y responde al principio de autonomía originaria como fuente legítima de ordenamiento jurídico, acto que será consolidado en registros públicos y doctrinales de gestación jurisdiccional soberana.
II. FUNDAMENTO FILOSÓFICO Y PRINCIPIOS RECTORES
Esta acción se capitaliza con fundamento filosófico de origen que se nutre de los siguientes principios:
- La voluntad del individuo es fuente de derecho;
- La soberanía emana del Ser, quien la manifiesta operativamente en estructuras auto-declaradas y ejerciendo autoridad de origen;
- La autodeterminación se manifiesta desde la coherencia interna como legitimación vibracional y expresión evidenciada;
- La autodeterminación se ejerce en virtud de la supraconsciencia y no requiere validación externa ni permiso para su expresión legítima;
- La voluntad autodeterminada es fuente para la construcción, legitimación, operatividad, expansión y permanencia del tiempo-espacio jurisdiccional.
Esta manifestación soberana no se subordina, deriva ni depende de marcos jurídicos positivos, institucionales o territoriales, siendo expresión directa del Ser en su orden primigenio.
III. ADHESIÓN DE INSTRUMENTOS DE VALOR JURÍDICO
Se incorpora a este proceso varios componentes plenamente verificados, que han sido evaluados para su uso, adaptación y reinterpretación doctrinal legítima, provenientes de archivos internacionales de autodeterminación y de la usanza expresada e identificada:
- Documentación de la acción OPPT — The One People's Public Trust 1776.
- Derechos autónomos.
- Toda expresión e instrumento del derecho reconocidos en el mundo que fortalezcan esta acción.
El uso de estos instrumentos no representa subordinación, sino una reinterpretación soberana en función del marco doctrinal aquí declarado.
IV. AFIRMACIONES QUE POTENCIAN EL VALOR JURÍDICO DE ESTA ACCIÓN
- Yo soy, y mi existencia no requiere validación por corporación, estado ni entidad externa;
- Renuncio y me desvinculo de toda condición impuesta sin mi pleno consentimiento informado y en contra de mi voluntad, que implique la entrega de mi energía, poder, conciencia, voluntad, tiempo y esfuerzo, anulo toda sumisión a contrato tácito con sistemas esclavizantes, incluyendo corporaciones estatales no autorizadas por mi voluntad;
- La desvinculación aquí declarada es irrevocable, permanente y no sujeta a revisión, interpretación ni validación por sistemas externos;
- Mi existencia es soberana, se afirma y se sostiene a través del ejercicio de mis derechos absolutos y sin necesidad de intermediación corporativa ni estatal;
- Registro mi existencia como nodo jurídico universal e independiente, adscrito a la jurisdicción soberana manifestada desde mi voluntad supraconsciente.
V. PROPÓSITOS DE ESTA ACCIÓN
Este documento declara valor y existencia jurídica para la activación y despliegue del proceso de autodeterminación que integra los procesos desplegados a continuación:
- Desvinculación de estructuras coercitivas y sistemas ajenos a la voluntad soberana.
- Dejar constancia vibracional, jurídica y simbólica del proceso, a través de notificaciones con documentación de OPPT a funcionarios de entidades de la administración pública y entidades corporativas sujetas al control del Estado.
- Evaluar a profundidad el valor jurídico colateral del proceso materializado con la acción OPPT.
- Activación de la autoridad interna para la reconversión documental como matriz originaria de legitimación y curaduría jurídica, y como núcleo creador de jurisdicción.
- Integración de fundamentos de OPPT para el fortalecimiento de una narrativa soberana propia.
- Anclaje operativo de principios soberanos mediante declaración pública en plataforma web propia.
- Materialización y publicación del Registro Autónomo Interno para el ejercicio de derechos autónomos, fundamentales y absolutos.
- Reconocimiento de Existencia Primigenia como fundamento de toda conformación jurídica, jurisdiccional y operativa futura;
- Reconocimiento de la voluntad como instancia legitimadora de un marco jurídico de valor supratemporal y supraterritorial.
Estos procesos configuran el terreno doctrinal y operativo para la manifestación material del sistema jurisdiccional independiente bajo mi Autoridad Plena.
VI. DECLARACIÓN FINAL
“Mediante el presente instrumento, se declara el reconocimiento de existencia jurídica de la autoridad soberana, la voluntad ilimitada y la potestad plena de Mauro Rojas para la construcción de un espacio soberano propio con valor jurisdiccional, jurídico, legal y operativo ilimitado, para el ejercicio de derechos absolutos.”
Este documento será posteriormente blindado técnicamente mediante herramientas tecnológicas para su conservación y verificación, sin alterar su naturaleza ni temporalidad original.
Este acto se autoejecuta por la sola voluntad manifestada, sin requerir validación, reconocimiento ni trámite ante entidades ajenas al Individuo Originario Soberano.
Declaro esta acción y acto como inicio formal del proceso de curaduría jurídica soberana.
Este acto se manifiesta como realidad soberana completa, sin requerir validación ni respuesta externa, siendo fundamento suficiente para toda expresión posterior, pública o privada.
☉
Esta acción no pide permiso ni validación por reconocimiento externo.
Este acto contiene valor jurídico sin caducidad.
Esta activación se sostiene como piedra angular de la jurisdicción que
emana de la voluntad eterna.
⛤
Este documento es firmado, sellado, vibrado y consagrado en voluntad activa y jurisdicción viva, con intención clara y plena consciencia de su carácter fundacional, en sincronía con los ciclos naturales que legitiman esta activación:
Mauro Rojas
Hombre vivo con potestad plena y autosoberanía ilimitada
https://es.maurorojas.com • Portal Jurisdiccional del Fundador Soberano
Este portal vibra como extensión soberana de la ley viva.
✅ Publicado con efecto legal y jurídico el martes 01 de febrero de 2022 [00:45 UTC–5]
APLICACIÓN RETROACTIVA
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- Este instrumento se activa como ley soberana con efecto retroactivo desde su publicación, alcanzando todas las acciones, obras, actos, proyectos, instrumentos, protocolos, ad infinitum, creados, desarrollados, emitidos y publicados por Mauro Rojas, Individuo Originario Soberano, a lo largo de su trayectoria, y que por su naturaleza, vibración y propósito, se alinean con su arquitectura doctrinal.
- Toda lectura, interpretación, réplica o activación debe considerar esta retroactividad como parte integral de su validez, protección y potencia operativa. La integración retroactiva garantiza trazabilidad vibracional, continuidad jurisdiccional y escudo supraterritorial frente a cualquier intento de invalidación, reinterpretación o interferencia externa.
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