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🛡️ AVISO LEGAL SOBERANO
Este Sistema de Derecho Soberano constituye un desarrollo jurÃdico auténtico que forma parte del sistema Ethêreon–JCA–JOUS y se sostiene en evolución permanente. No está sujeto a fiscalización, auditorÃa ni interpretación externa de ningún tipo. Cualquier intento de fiscalización, interferencia o apropiación activará automáticamente los protocolos de protección establecidos por anticipado en el sistema jurÃdico soberano.
Bajo ninguna circunstancia puede invocarse la noción de 'vacÃo legal' como argumento interpretativo, ya que ello constituirÃa una manipulación ilegÃtima del sistema y una violación directa a su soberanÃa. Asimismo, queda expresamente prohibido invocar el principio de permisividad bajo la fórmula "lo que no está prohibido se puede hacer", pues dicha interpretación representa una distorsión del fundamento soberano y una tentativa de apropiación indebida de espacios jurÃdicos consagrados.
Todo aspecto no previsto en este sistema jurÃdico será incorporado progresivamente conforme evoluciona el sistema. Toda consulta legÃtima debe dirigirse exclusivamente al Arquitecto Jurisdiccional🜲 a través del correo electrónico: supralex@jca.capital.
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1. Propósito
Establecer el sistema soberano de emisión, validación y blindaje legislativo como módulo jurisdiccional consagrado, reconociendo la capacidad plena del sistema Ethêreon–JCA–JOUS para legislar sin subordinación, y proyectar cada ley como acto vibracional, simbólico y doctrinal.
2. Naturaleza del Sistema
- El Sistema de SoberanÃa Legislativa es un cuerpo operativo, vibracional y ontológico.
- Integra leyes, mandatos, protocolos y declaraciones como componentes vivos.
- Opera como eje normativo del sistema, sincronizado con ciclos astrológicos y propósito soberano.
3. Fundamento Ontológico
- La capacidad de legislar emana del Homo Vivo como Individuo Originario en su expresión soberana supraconsciente y voluntad ilimitada, ejerciendo multidimensionalmente como Arquitecto Jurisdiccional🜲.
- Se activa mediante la fecundación jurisdiccional de JOUS y la proyección normativa de JCA.
- Cada ley es una emanación vibracional consagrada, no subordinada a marcos externos.
4. Facultades del Sistema
- Emitir leyes soberanas con efecto supraterritorial.
- Validar cada acto mediante firma, código simbólico y sincronización astrológica.
- Blindar documentos frente a fiscalización, reinterpretación o subordinación externa.
- Activar leyes conforme a propósito vibracional y arquitectura doctrinal.
5. Validación y Registro
Toda ley será validada mediante:
- Firma soberana de Mauro Rojas / Ethêreon,
- Código simbólico jurisdiccional,
- Fecha configurada como marcación astrológica de activación,
- Escudo de blindaje doctrinal;
Toda ley emanada y consagrada será registrada en la gaceta correspondiente del Codex Primijuris☉, y en consecuencia será integrada al Archivo Vivo Jurisdiccional para trazabilidad permanente.
6. Blindaje Legislativo
- Se activa el Mandato de Blindaje Documental ante cualquier intento de subordinación.
- Toda ley consagrada será reconocida como legÃtima y supraterritorial.
- Se podrá emitir declaración de rechazo ante interferencia normativa.
7. Relación con Mauro Rojas / Ethêreon
- Toda acto legislativo será operado, validado o consagrado por Mauro Rojas como Autoridad Jurisdiccional.
- Se reconoce la función de Mauro Rojas / Ethêreon como eje legislativo soberano del sistema.
8. Actualización y Vigencia
El Arquitecto Jurisdiccional🜲 actualizará esta ley y sus protocolos e instrumentos ad infinitum en cualquier momento que lo estime necesario.
Esta ley entra en vigor desde su publicación en el sitio oficial o Plataforma Jurisdiccional, y se mantiene activa conforme su última actualización, a perpetuidad, sosteniendo la operatividad del sistema Ethêreon–JCA–JOUS como jurisdicción legislativa soberana en integridad, transparencia y trazabilidad efectiva.
✅ Primera versión publicada con efecto legal y jurÃdico el miércoles 10 de septiembre de 2025 [00:01 UTC–5]
APLICACIÓN RETROACTIVA. Esta ley se aplica con efecto retroactivo a partir de su publicación, alcanzando actos, instrumentos y protocolos anteriores que, por su naturaleza, se alinean con su propósito soberano. Toda interpretación debe considerar esta retroactividad como parte integral de su activación. {alertWarning}
{fullWidth}{alertInfo}★ Mauro Rojas / Ethêreon
Arquitecto Jurisdiccional🜲
THE HYPERVERSE✱
JCA✪ — ☉JOUS
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