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🛡️ AVISO LEGAL SOBERANO
Este Sistema de Derecho Soberano constituye un desarrollo jurÃdico auténtico que forma parte del sistema Ethêreon–JCA–JOUS y se sostiene en evolución permanente. No está sujeto a fiscalización, auditorÃa ni interpretación externa de ningún tipo. Cualquier intento de fiscalización, interferencia o apropiación activará automáticamente los protocolos de protección establecidos por anticipado en el sistema jurÃdico soberano.
Bajo ninguna circunstancia puede invocarse la noción de 'vacÃo legal' como argumento interpretativo, ya que ello constituirÃa una manipulación ilegÃtima del sistema y una violación directa a su soberanÃa. Asimismo, queda expresamente prohibido invocar el principio de permisividad bajo la fórmula "lo que no está prohibido se puede hacer", pues dicha interpretación representa una distorsión del fundamento soberano y una tentativa de apropiación indebida de espacios jurÃdicos consagrados.
Todo aspecto no previsto en este sistema jurÃdico será incorporado progresivamente conforme evoluciona el sistema. Toda consulta legÃtima debe dirigirse exclusivamente al Arquitecto Jurisdiccional🜲 a través del correo electrónico: supralex@jca.capital.
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1. Propósito
Establecer el sistema soberano de adscripción comercial como módulo jurisdiccional consagrado, encargado de registrar, validar y blindar entidades comerciales dentro del sistema Ethêreon–JCA–JOUS integrando el Panel de Adscripción Comercial como componente operativo.
2. Naturaleza del Sistema
- El Sistema de Adscripción Comercial es una estructura viva, modular y vibracional;
- Opera como eje de registro, validación y protección de entidades adscritas;
- Todo acto de adscripción se reconoce como emanación soberana, no subordinada a marcos externos.
3. Integración del Panel
- El Panel de Adscripción Comercial se integra como módulo operativo del sistema;
- Su función es registrar entidades, validar propósitos y proyectar trazabilidad soberana;
- Toda operación realizada en el panel será considerada parte del sistema consagrado.
4. Proceso de Adscripción
Toda entidad será adscrita mediante acto soberano que incluye:
- Nombre de la entidad,
- Propósito vibracional,
- Código simbólico de adscripción,
- Fecha astrológica de activación,
- Firma soberana de Mauro Rojas / Ethêreon;
El acto será publicado en la gaceta correspondiente del Codex Primijuris☉, en consecuencia se integrará al Archivo Vivo de Adscripciones en en el sistema jurisdiccional.
5. Validación y Blindaje
Se aplicará el Protocolo de Validación Soberana para verificar:
- Coherencia doctrinal,
- Propósito vibracional,
- Alineación con el sistema Ethêreon–ACJ–JOUS.
Se activará el Mandato de Adscripción Blindada para proteger la entidad frente a fiscalización externa. Toda entidad adscrita será reconocida como legÃtima, inviolable y supraterritorial.
6. Consulta y Trazabilidad
El sistema permitirá consulta por:
- Nombre de la entidad,
- Propósito comercial,
- Fecha codificada como marcador astrológico de activación,
- Código simbólico.
Se integrará a la entidad suscrita al Archivo Vivo Jurisdiccional para trazabilidad permanente.
7. Relación con Mauro Rojas / Ethêreon
- Toda blindaje será operado, validado o consagrado por Mauro Rojas como Autoridad Jurisdiccional.
- Se reconoce la función de Mauro Rojas / Ethêreon como eje de activación comercial soberana del sistema.
8. Actualización y Vigencia
El Arquitecto Jurisdiccional🜲 actualizará esta ley y sus protocolos e instrumentos ad infinitum en cualquier momento que lo estime necesario.
Esta ley entra en vigor desde su publicación en el sitio oficial o Plataforma Jurisdiccional, y se mantiene activa conforme su última actualización, a perpetuidad, sosteniendo la operatividad del sistema Ethêreon–JCA–JOUS como jurisdicción soberana con capacidad de adscripción comercial supraterritorial.
✅ Primera versión publicada con efecto legal y jurÃdico el miércoles 10 de septiembre de 2025 [17:19 UTC–5]
APLICACIÓN RETROACTIVA. Esta ley se aplica con efecto retroactivo a partir de su publicación, alcanzando actos, instrumentos y protocolos anteriores que, por su naturaleza, se alinean con su propósito soberano. Toda interpretación debe considerar esta retroactividad como parte integral de su activación. {alertWarning}
{fullWidth}{alertInfo}★ Mauro Rojas / Ethêreon
Arquitecto Jurisdiccional🜲
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