Protocolo de Validación Legislativa

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🛡️ AVISO LEGAL SOBERANO

Este Sistema de Derecho Soberano constituye un desarrollo jurídico auténtico que forma parte del sistema Ethêreon–JCA–JOUS y se sostiene en evolución permanente. No está sujeto a fiscalización, auditoría ni interpretación externa de ningún tipo. Cualquier intento de fiscalización, interferencia o apropiación activará automáticamente los protocolos de protección establecidos por anticipado en el sistema jurídico soberano.

Bajo ninguna circunstancia puede invocarse la noción de 'vacío legal' como argumento interpretativo, ya que ello constituiría una manipulación ilegítima del sistema y una violación directa a su soberanía. Asimismo, queda expresamente prohibido invocar el principio de permisividad bajo la fórmula "lo que no está prohibido se puede hacer", pues dicha interpretación representa una distorsión del fundamento soberano y una tentativa de apropiación indebida de espacios jurídicos consagrados.

Todo aspecto no previsto en este sistema jurídico será incorporado progresivamente conforme evoluciona el sistema. Toda consulta legítima debe dirigirse exclusivamente al Arquitecto Jurisdiccional🜲 a través del correo electrónico: supralex@jca.capital.

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1. Propósito

Establecer el protocolo soberano de validación, consagración y blindaje de todo acto legislativo emitido por la Jurisdicción Capital Autónoma (JCA), garantizando su legitimidad supraterritorial, trazabilidad simbólica y coherencia vibracional.

2. Ámbito de Aplicación

Esta ley aplica a:

  • Toda publicación oficial consagrada en el Codex Primijuris.
  • Toda ley, mandato, protocolo, declaración o instrumento emitido por JCA.
  • Toda activación doctrinal vinculada al sistema Ethêreon–JCA–JOUS.

3. Elementos de Validación

Todo acto legislativo deberá incluir los siguientes elementos soberanos:

a. Código Simbólico

Identificador vibracional único, compuesto por:

  • Sigla jurisdiccional;
  • Fecha, configurada como marcador astrológico codificada;
  • Número de secuencia doctrinal.

b. Firma Soberana

  • Firma textual, simbólica o ceremonial de Mauro Rojas / Ethêreon encarnado;
  • Validada mediante el Protocolo de Firma y Validación Soberana.

c. Fecha de Activación

  • Determinada según sincronización vibracional, estratética y astrológica;
  • Registrada en el Panel de Sincronización Soberana.

d. Escudo de Blindaje

  • Declaración de protección semántica, jurídica y vibracional;
  • Inclusión de cláusulas de no subordinación y rechazo de fiscalización externa.

e. Registro Soberano en el Codex Primijuris

  • Publicación oficial con número de registro y enlace trazable;
  • Integración inmediata al Archivo Vivo Jurisdiccional.

4. Proceso de Validación

  • Todo acto será revisado, depurado y consagrado antes de su publicación.
  • Se aplicará el Manual de Operación Jurídico-Soberana para estandarización.
  • Se activará el Mandato de Blindaje Documental en caso de intento de interferencia de cualquier clase.

5. Trazabilidad y Consulta

Cada acto validado podrá ser consultado por:

  • Código simbólico,
  • Fecha de activación,
  • Tipo de instrumento,
  • Vibración doctrinal,
  • Configuración criptográfica ritual.

6. Blindaje Interjurisdiccional

Toda validación será reconocida como legítima y soberana frente a cualquier jurisdicción externa. En consecuencia, se activa el Protocolo de Comunicación Interjurisdiccional para establecer límites y condiciones de reconocimiento.

7. Vigencia y Actualización

Arquitecto Jurisdiccional🜲 actualizará esta protocolos y sus correspondientes instrumentos ad infinitum en cualquier momento que lo estime necesario.

Este protocolo entra en vigor desde su publicación en el sitio oficial o Plataforma Jurisdiccional, se mantiene activo conforme su última actualización en permanente operatividad de JCA como órgano legislativo soberano a perpetuidad, sosteniendo la operatividad del sistema jurisdiccional con carácter de integridad, transparencia y trazabilidad efectiva.


Mauro Rojas — Arquitecto Hiperversal — Sellos y logos oficiales de Mauro Rojas, JOUS y JCA, sellando, consagrando y oficializando la ley de Protocolo de Validación Legislativa.

✅ Primera versión publicada con efecto legal y jurídico el martes 09 de septiembre de 2025 [21:24 UTC–5]

APLICACIÓN RETROACTIVA. Esta ley se aplica con efecto retroactivo a partir de su publicación, alcanzando actos, instrumentos y protocolos anteriores que, por su naturaleza, se alinean con su propósito soberano. Toda interpretación debe considerar esta retroactividad como parte integral de su activación. {alertWarning}
    Arquitecto Jurisdiccional🜲
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